¿Tenías un STS nacional? Caducó —
tus 3 caminos para volver a volar
Las declaraciones de escenarios nacionales STS.ES perdieron validez el 31 de diciembre de 2025. A junio de 2026, miles de operadores que volaban en escenario nacional siguen sin migrar a ninguna vía. Te explicamos las tres salidas reales — STS europeo, PDRA y autorización SORA — y cuál encaja con el dron que ya tienes.
Qué caducó exactamente el 31 de diciembre de 2025
Durante años, la mayoría de operaciones profesionales en categoría específica en España se ampararon en los escenarios estándar nacionales: STS.ES.01 (VLOS en entorno controlado) y STS.ES.02 (BVLOS en entorno controlado). Eran la vía declarativa cómoda del marco de transición. Esa etapa se cerró: las declaraciones basadas en los STS.ES perdieron su validez el 31 de diciembre de 2025.
La foto del momento del cierre da la dimensión del problema. Justo antes de esa fecha había del orden de 5.767 declaraciones STS.ES.01 y 3.949 STS.ES.02 activas: cerca de diez mil declaraciones nacionales que, de un día para otro, dejaron de habilitar para volar. No es un tecnicismo de calendario: quien siga operando hoy amparándose en una de esas declaraciones lo hace sin cobertura legal.
El limbo: miles de operadores sin migrar
Lo esperable sería que ese casi diez mil hubiera saltado al STS europeo. No ha pasado. A junio de 2026, los escenarios estándar europeos declarados en toda España suman apenas 356 declaraciones STS.UE.01 y 76 STS.UE.02. La aritmética es incómoda: entre lo que caducó y lo que se ha migrado hay un agujero de miles de operadores en el limbo, que ni han declarado un STS europeo ni han pedido una autorización operacional.
¿Por qué se ha atascado la migración? Por una razón muy concreta de hardware, que explicamos abajo. Y mientras tanto, la única categoría que crece con fuerza es la de la autorización individual: las autorizaciones operacionales en específica pasaron de 54 en febrero de 2026 a 88 en junio — un +63 % en cuatro meses —, aunque en toda España solo exista todavía un LUC(certificado de operador ligero de UAS). El movimiento del sector es claro: quien no puede migrar al STS, se va a la autorización.
Camino 1 · STS europeo: rápido, pero con un tapón de hardware
Los escenarios estándar europeos STS-01 (VLOS, incluso en entorno poblado) y STS-02 (BVLOS en entorno escasamente poblado) son, sobre el papel, el heredero natural de tu STS.ES: misma lógica declarativa, presentas una declaración operacional ante AESA y operas sin esperar una aprobación individual. Tienes su detalle en la guía de STS-01 y STS-02.
El problema no está en el papeleo, sino en la aeronave. STS-01 exige un dron con marcado de clase C5 y STS-02 uno de clase C6, ambos con identificación remota directa activa. Ese es el tapón real de la migración: la inmensa mayoría de la flota que volaba en STS.ES no tiene etiqueta de clase, y sin ella no hay escenario estándar europeo posible, por bueno que sea el equipo. A eso se suma la parte de formación: el certificado teórico STS (examen adicional al de específica) y la conversión de tu formación práctica STS-ES, que sigue la guía de AESA GU13 Ed.02. La formación no se tira; se convierte.
En resumen: si ya tienes o vas a comprar un dron C5/C6, el STS europeo es tu vía más rápida. Si tu flota actual no lleva etiqueta de clase, este camino te obliga a renovar hardware antes de poder volar.
Camino 2 · PDRA: el atajo si tu operación es un caso conocido
Un PDRA (evaluación de riesgo predefinida) es un punto intermedio entre el corsé del STS y el SORA completo. Si tu operación se parece a un caso ya estudiado por la autoridad, el PDRA te entrega la estructura de la evaluación hecha y te ahorra buena parte del trabajo de justificación. Sigue siendo una autorización operacional —no una declaración—, así que operas cuando AESA aprueba, pero con mucho menos camino que partir de cero. Es una buena opción si tu perfil de vuelo es estándar y no quieres depender de un dron con etiqueta de clase.
Camino 3 · Autorización SORA 2.5: la vía que vale con tu dron
La autorización operacional con SORA 2.5 es la vía general de la categoría específica y, para el operador que viene de un STS.ES caducado, tiene una ventaja decisiva: no depende de etiquetas de clase. Vale con tu dron actual. En lugar de encajar tu operación en un molde, describes tu operación real y evalúas su riesgo: calculas el GRC y el ARC, llegas a tu SAIL, cumples los OSO que te toquen y lo documentas en una EARO y en tu Manual de Operaciones. Tienes el recorrido paso a paso en la guía de SORA 2.5 y el marco completo de la vía en la guía de la categoría específica.
Que sea la vía general no la convierte en un trámite menor, pero tampoco es el monstruo que muchos temen: es exactamente el camino pensado para las operaciones que no encajan en un molde predefinido. Y es hacia donde mira el propio sector. En la 2ª Encuesta de coordinación U-space de la DGAC (octubre de 2024, 130 entidades), la intención de operar bajo autorización SORA o PDRA salta del 40 % actual al 65,5 % futuro: un +25,5 puntos, el mayor crecimiento de todas las categorías de operación. Traducido: la autorización operacional deja de ser la excepción para convertirse en la norma.
Y si sigues volando con el STS.ES caducado…
Conviene decirlo sin rodeos pero sin alarmismo: una declaración STS.ES dejó de habilitar para operar el 31 de diciembre de 2025. Volar hoy amparándote en ella es operar sin cobertura, con lo que eso implica frente a una inspección y frente a tu seguro. El régimen sancionador de drones puede llegar a cifras muy serias —lo desglosamos en el análisis de multas y sanciones a drones en España—, así que la recomendación es simple: no dejes correr la situación. Elige tu camino y regulariza.
Ahí es donde AeroCopi te quita el trabajo mecánico de la vía de autorización. El módulo de compliance recorre el flujo SORA 2.5 con los datos reales de tu flota y tus pilotos y genera la documentación del expediente lista para presentar —incluidas las declaraciones literales que espera ver AESA—, de forma que migrar de un STS.ES caducado a una autorización operacional deje de ser un muro de documentos en blanco.
Contenido informativo; no constituye asesoramiento legal ni regulatorio. Datos del sector según el Observatorio del sector de los drones de la DGAC (enero–junio de 2026) y AESA; el marco de referencia es el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 y la normativa nacional aplicable (incluido el BOE-A-2024-25841 para los STS-ES-NE No EASA). Verifica siempre el estado de tu declaración y las condiciones vigentes directamente en AESA antes de operar.
Sobre la migración del STS nacional
No. Las declaraciones basadas en los escenarios estándar nacionales STS.ES perdieron su validez el 31 de diciembre de 2025. Justo antes de esa fecha había del orden de 5.767 declaraciones STS.ES.01 y 3.949 STS.ES.02 activas. Si sigues operando amparándote en una de ellas, estás volando sin cobertura legal. La referencia oficial sobre el estado de tu declaración es siempre AESA.
Muy pocos. A junio de 2026 solo hay 356 declaraciones STS.UE.01 y 76 declaraciones STS.UE.02 en toda España. Frente a los casi 10.000 operadores que declaraban escenario nacional, la conclusión es directa: miles de operadores todavía no han migrado a ninguna vía. El cuello de botella es el dron con marcado de clase C5/C6, que casi nadie tiene.
Porque el STS-01 exige una aeronave con marcado de clase C5 y el STS-02 una de clase C6, con identificación remota directa activa. Un dron sin etiqueta de clase, aunque técnicamente sea equivalente, no puede acogerse a un escenario estándar europeo. Ese requisito de hardware es el tapón real de la migración: la mayoría de la flota que operaba en STS.ES no tiene C5 ni C6.
No se pierde, pero requiere conversión. La formación práctica de los escenarios nacionales STS-ES se convierte a la del STS europeo siguiendo la guía de AESA GU13 Ed.02. El certificado de conocimientos teóricos para escenarios estándar sigue siendo un examen adicional al de la categoría específica. Verifica el procedimiento vigente de conversión directamente en AESA antes de declarar.
No, y conviene no confundirlos. Los escenarios estándar nacionales para operaciones No EASA (STS-ES-NE) siguen vigentes conforme al BOE-A-2024-25841. Lo que perdió validez el 31 de diciembre de 2025 son las declaraciones de los escenarios STS.ES del marco europeo, no los STS-ES-NE del marco nacional para operaciones fuera del ámbito EASA.
La autorización operacional con SORA 2.5. Es la única de las tres vías que no depende de que compres un dron con etiqueta de clase: sirve con tu flota actual. Presentas una evaluación de riesgo y operas cuando AESA la aprueba. El sector se está moviendo justo en esa dirección: en la 2ª Encuesta de coordinación U-space de la DGAC la intención de operar bajo autorización SORA o PDRA salta del 40 % actual al 65,5 % futuro.
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